Cuando la Corte Internacional de Justicia ordenó a Israel cesar de inmediato las operaciones militares en Rafah 82324, supuso el pronunciamiento jurídico más claro que el tribunal podía emitir sin llegar a una determinación definitiva de genocidio. Israel respondió con más de sesenta ataques aéreos sobre la ciudad en cuarenta y ocho horas, según documentó Euro-Mediterranean Human Rights Monitor 8. El desacato no fue incidental. Fue estructural.
“Cuando un Estado puede ignorar al más alto organismo judicial del mundo sin consecuencias materiales, el derecho deja de constreñir. Se convierte en teatro.”
El caso de genocidio presentado por Sudáfrica en enero de 2024 123525 activó medidas provisionales —órdenes vinculantes bajo el artículo 41 del Estatuto de la CIJ que exigen a Israel prevenir actos genocidas, permitir ayuda humanitaria y castigar la incitación 23. El tribunal consideró las alegaciones de Sudáfrica lo bastante plausibles como para justificar tales medidas 2. En agosto de 2025, el Ministerio de Sanidad de Gaza registraba 60.138 muertos, un promedio de noventa y un fallecimientos diarios 3. Más de 25.000 mujeres y niños figuran entre las víctimas confirmadas 12. La estimación de muertes traumáticas de The Lancet alcanzaba las 93.000 en mayo de 2025 —aproximadamente el 4–5 por ciento de la población prebélica de Gaza 3.
La arquitectura jurídica existe. El artículo IX de la Convención sobre el Genocidio otorga jurisdicción a la CIJ. La Convención obliga a los Estados no sólo a abstenerse de cometer genocidio sino a prevenirlo —una obligación que, en teoría, vincula a terceros. Sin embargo, la aplicación depende de la acción del Consejo de Seguridad, donde Estados Unidos ostenta el veto. El resultado: una orden judicial vinculante se convierte en aspiracional.
El rechazo de Israel a la jurisdicción de la CIJ —calificando el procedimiento de 'moralmente abominable' y antisemita 12— señala algo más corrosivo que el incumplimiento. Sugiere que el derecho internacional humanitario se aplica selectivamente, en función del peso geopolítico del acusado. Cuando un Estado puede ignorar al más alto organismo judicial del mundo sin consecuencias materiales, el derecho deja de constreñir. Se convierte en teatro.
La destrucción catalogada por múltiples medios 1367911 —el ochenta y cuatro por ciento de los centros médicos destruidos o dañados, las doce universidades arrasadas, el ochenta por ciento de las escuelas desaparecidas 13— se produjo bajo la mirada de instituciones diseñadas para evitar precisamente esto. Un comité del Consejo de Derechos Humanos de la ONU determinó en septiembre de 2025 que Israel había cometido genocidio 1. La Asociación Internacional de Estudios sobre el Genocidio lo corroboró semanas antes 1. El caso de Sudáfrica prosigue, pero las medidas provisionales que se ordenó implementar a Israel permanecen en gran medida desatendidas.
La sentencia de la CIJ sobre Rafah no fue ambigua. Fue explícita, inmediata y jurídicamente vinculante. La respuesta de Israel demostró que la arquitectura del derecho internacional, sin mecanismos de aplicación, es decorativa. La cuestión ya no es si el texto de la Convención sobre el Genocidio resulta claro —académicos y tribunales coinciden cada vez más en que lo es 11122. La cuestión es si algún marco jurídico puede funcionar cuando Estados poderosos tratan el cumplimiento como opcional. Según las pruebas actuales, la respuesta es no.

